domingo, 14 de noviembre de 2021

CAPITULO V

Pregunta decimo Séptima

A la decimo a séptima dijeron que en este termino hay:

 SEIS MOLINOS HARINEROS

RIBERA DEL BRONCO

1-    Al Canchal de la Rubia que dista media legua con una piedra propio de Alonso Rubio que moliendo en Invierno produce 22 fanegas de Trigo y 44 de centeno

2-    Al pago de Calzadilla, a la misma distancia propio de Alarico Alvarez con una piedra que moliendo como el anterior produce lo mismo.

3-    Otro en la misma Ribera y distancia, propio de Crhistobal Rodriguez de una piedra que moliendo en invierno produce 20 fanegas de trigo y cincuenta de centeno

4-    Otro en la misma Ribera y distancia propio de Andrés Garcia vecino del lugar de Aceituna con una piedra, que moliendo en Invierno se le consideran 14 fans. De trigo y 30 de centeno.

RIO ALAGON

5-    Dista media legua, propio del referido Andrés, que moliendo nueve meses al año se le consideran 40 Fanegas de trigo y 132 de centeno.

6-    Otro en el mismo Río y distancia, con una piedra, que moliendo como el anterior produce 20 fanegas de trigo y cincuenta de centeno

TRES LAGARES DE ACEITE

1-    A Baldelagares  que dista medio cuarto de legua con viga y piedra de agua y tahona, propio de Manuel Joseph Caletrido, al que se considera que en la temporada podrá producir 24 cántaros de aceite

2-    Otro dentro de la población al Barrio de La Encina, con viga y piedra de tahona, propio de Miguel Jiménez al que se le regulan 18 cántaros

3-     Otro a la Fuente del Lugar dista 400 pasos con viga y piedra de tahona, propio de Cathalina Barroso a la que consideran 22 cántaros

 

CINCO HORNOS DE POYA

1-    Uno en la calle de la Plazuela propiedad de Juan Rodriguez al que le contemplan de producto 600 Reales

2-    Otro en la calle del Christo propio de Juan Moreno al que le regulan 300 Rls.

3-    Otro en la calle Real propiedad de Mathias Gonzalez al que le regulan la mismo

4-    Otro en la Plaza de Francico Palomero al que le regulan 430 Rls.

5-    Y el otro en la calle de la encina de María Ernandez menor 528 Rls., cuyas regulaciones van consideradas con el arreglo del coste del arrendamiento de Las casas en las que están. Y RESPONDEN

 

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